http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/05/27/BOCM-20200527-1.PDF
BOCM MIÉRCOLES 27 DE MAYO DE 2020
ORDEN 527/2020, de 26 de mayo, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifican las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de los menores de catorce años.
Primero
Modificación del tramo horario para la realización de desplazamientos de la población infantil menor de catorce años La circulación de la población menor de catorce años en la Comunidad de Madrid para la realización de un paseo diario de máximo una hora de duración y a una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio del menor, prevista en el artículo 2.1 de la Orden SND/370/2020, de 25 de abril, sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, podrá realizarse entre las 10:00 y las 13:00 horas y entre las 17:00 y las 21:00 horas.
Las citadas franjas horarias no serán de aplicación a los desplazamientos de menores de catorce años en los municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que tengan menos de 10.001 habitantes y densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado, que se realizarán en las condiciones previstas en el artículo 3 de la Orden SND/427/2020, de 21 de mayo, por la que se flexibilizan ciertas restricciones derivadas de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19 a pequeños municipios y a entes locales de ámbito territorial inferior.
Ya tenemos algo más de horario para que puedan venir a montar los más pequeños

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